Cuerpo Ayudantes Instituciones Penitenciarias 2007



CASO 2 AÑO 2007 CUERPO AYUDANTES 16 OCTUBRE
Como consecuencia de un accidente automovilístico la estructura del muro exterior de un Centro Penitenciario se ha visto afectada. Dado el carácter de los desperfectos se hace necesario , al objeto de mantener la seguridad del Centro, iniciar la reparación de dicho muro.

El órgano de contratación, justificando la necesidad de la reparación, inicia los trámites necesarios para arreglar los desperfectos ocasionados mediante el oportuno expediente de contratación, incorporando al mismo el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación.

Los pactos y condiciones definidoras de los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato se incluirán en el pliego de cláusulas administrativa particulares y pliego de prescripciones técnicas.

La adjudicación del contrato seguirá fielmente la tramitación contenida para estos supuestos en el Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio.

Con estos datos se pide contestar a las siguientes cuestiones:


EL DERECHO PENITENCIARIO

( 1 )* En este supuesto ¿es necesario antes de la adjudicación del contrato de obras elaborar un proyecto de obras?
A .- Sí, en todo caso.
B .- No en todo caso.
C .- Sólo si la obra se clasifica como obra de primer establecimiento.
D .- Sólo si la obra se clasifica como obra de demolición.
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA

( 2 )* ¿Dentro de qué plazo, contado a partir de la recepción de la obra, el órgano de contratación debe aprobar la certificación final de las obras ejecutadas?
A .- Un mes
B .- Dos meses
C .- Tres meses.
D .- Veinte días
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA

( 3 )* Salvo casos especiales el plazo de garantía establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares no podrá ser:
A .- Inferior a dos años.
B .- Inferior a tres años.
C .- Inferior a cuatro años.
D .- Inferior a un año
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA

( 4 )* Según lo establecido en el artículo 149 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, no es causa de resolución del contrato de obras:
A .- Los errores materiales que pueda contener el proyecto o presupuesto elaborado por la Administración que afecten al presupuesto de obra, al menos, en un 10%.
B .- Los errores materiales que pueda contener el proyecto o presupuesto elaborado por la Administración que afecten al presupuesto de obra, al menos en un 20%.
C .- La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
D .- La suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a seis meses por parte de la Administración
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA

( 5 )* En el supuesto en el que la Administración acordara suspender las obras iniciales por un plazo superior a ocho meses, ¿tendría el contratista derecho a percibir algún tipo de beneficio industrial?
A .- Sí, el 2% de la obra dejada de realizar.
B .- Sí, el 10% de la obra dejada de realizar.
C .- Sí, el 6% de la obra dejada de realizar.
D .- No.
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA
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