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( 7 )* Si un interno preventivo tuviese aplicado el régimen del artículo 10 de la LOGP, ¿cuàndo deberá procederse a su revisión?
A.- Seis meses, como máximo.
B.- Tres meses, como máximo.
C.- No es preceptiva la revisión.
D.- Cuatro meses, como máximo.
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